Departamento de Valoración Aduanera
Listado de Preguntas Frecuentes sobre la DAV
1 ¿Qué es el número de referencia?
El número de referencia es un conjunto de
caracteres alfanuméricos, que deberá registrar el usuario, para
utilizarlo en forma posterior, a tiempo de
recuperar la información que guardó, en el estado "Memorizada" de
la Declaración Andina del Valor.
2 ¿Dónde debo registrar mi transferencia bancaria?
La Transferencia bancaria ( 03 Orden de pago simple) es un medio de
Pago, y debe registrar simplemente
que usó tal medio de pago en la casilla 31
de la DAV.
3 Si los documentos del seguro no existen. ¿Qué
valor se deberá consignar en la casilla
correspondiente?
Tal cuál prevé el Reglamento Comunitario,
deberá consignar los costos habituales de tal servicio, sin
embargo en tanto y en cuanto no se cuente
con tales datos, se podrán aplicar las previsiones del Art. 20
del Decreto Reglamentario a la Ley General
de Aduanas, considerando que los mismos son estimados, y
anotar tal aspecto en observaciones.
4 Si no corresponde el llenado de la marca
comercial, tipo, clase y modelo, por
las particularidades
del producto. ¿ Qué se debe consignar en las
casillas 72, 73, 74 y 75 respectivamente?
Si no cuenta con tal información deberá
colocar la expresión " Sin referencia". Expresión que también
deberá ser usada en el caso de que para
tal mercancía ya existan desarrolladas las descripciones mínimas
y las mismas le piden elegir la marca, la
misma que si no encuentra en la lista desplegada, deberá elegir
Otra y consignar en la misma la expresión
" Sin referencia"
5 ¿Qué entiende por declaración de un valor
provisional?
Es aquella que se declara cuando un
importador no conoce en forma definitiva el Valor de Transacción de la
mercancía que importa al momento de llenar la Declaracion Andina
del Valor y por lo tanto, el valor que
declara es un valor provisional.
6 ¿En la casilla 80 se debe consignar la unidad
del arancel o la que refleje la Factura Comercial?
En la casilla 80, en la Declaración Andina
del Valor, se debe consignar la unidad que refleje la factura
comercial.
7 ¿En la casilla 26 Número de Facturas, se debe
consignar el número de factura comercial ó la
cantidad de facturas
comerciales?
Se debe consignar la cantidad de facturas
que corresponden a la DAV, que está llenando y que
normalmente será uno (1).
8 ¿ A qué se refiere la casilla 115,118, 121
Código de moneda de negociación de las mercancías?
Se refiere al código que le corresponde a
la moneda y existen 3 en la eventualidad de casos muy
particulares en los cuales los elementos
del Valor en Aduana tienen documentación expresada en hasta 3
monedas diferentes al dólar americano.
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9 ¿Qué monto se
coloca en el precio neto de factura (casilla 82), cuando existe la
condición de
entrega CIF ARICA u otra
diferente a FOB?
Se consigna el monto correspondiente
a la condición de entrega referida en
el INCOTERM expresado en la
de la factura o contrato de compra
venta en dólares americanos. Si la moneda de negociación fuese
diferente, deberá realizar la conversión
respectiva considerando para ello, el tipo de cambio para la venta,
vigente a la fecha de registro de la DAV,
publicado por el BCB.
10 ¿Si la transacción está realizada en una moneda
diferente al Dólar Estadounuidense, el tipo de
cambio de qué fecha debo
utilizar?
Debo utilizar el tipo de cambio para la
venta que figura en las tablas semanales del BCB que publica la
ANB, correspondiente al día en que
registra la DAV.
11 ¿Qué modificaciones importantes introduce
la DAV, respecto a la DJVA?
Fundamentalmente la Declaración
Provisional y en lo que hace al registro de datos, la facilidad para su
llenado con su versión fuera de línea.
12 ¿Para qué existen casillas diferentes (3) para
registrar Tipos de Cambio?
Para prever la posibilidad de la
existencia en una sola transacción de hasta tres monedas diferentes, por
ejemplo Precio FOB en Euros, Flete en
Francos Suizos, Seguro en Yenes.
13 ¿Qué pasa si existe más de una factura y las
condiciones de transacción son las mismas?
Se utilizará una sola DAV, en el entendido
que todas las facturas están relacionadas a una sola transacción.
14 ¿Cómo ingreso (elevo) al sistema una DAV ,
elaborada fuera de línea?
Concluído el llenado en la versión off
line, debe crear la carpeta DAV en el disco C: de su computadora,
guardar el archivo en la carpeta creada,
de preferencia con el número de referencia de la DAV. Proceda a
generar el archivo XML haciendo click en
el botón "Genera archivo para enviar". Ingrese a la versión del
sitio www.aduana.gov.bo, eliga la opción
formato XML y seleccione el archivo.
15 ¿Cómo se prorratean los costos que se adicionan
al valor FOB?
Todos los costos se prorratean en función
del valor FOB de la mercancía.
16 ¿Cómo debo llenar la DAV, si existen en una factura muestras sin
valor?
Se deberán llenar 2 Declaraciones Andinas
del Valor, toda vez que son dos transacciones; una que
corresponde a una venta y la otra de las muestras sin valor, la misma cuyo
valor en aduana, deberá
necesariamente ser determinado con arreglo
al primer método que así lo permita.
17 ¿En qué circunstancias deberé utilizar más de
una DAV?
Cuando las condiciones de hecho de la transacción tengan datos de
cabecera diferentes. Este hecho,
puede estar referido la la existencia de
más de un proveedor o condiciones de
entrega diferentes.
18 ¿Cómo debo registrar el flete que corresponde al
25% cuando es aéreo?
Deberá consignar el 25% y debido a que tal
cifra no corresponde al flete realmente pagado consignar en
observaciones que tal valor responde a la
aplicación del art. 20 del Reglamento a
la Ley general de
19 ¿ A qué se refieren los ajustes permanentes?
Son aquellas adiciones referidas al artículo
8 del Acuerdo sobre Valoración que se
deben realizar en forma
repetida en cada importación, realizada en
igualdad de circunstancias por un mismo importador. Para
facilidad del mismo, pueden hacerse una
vez y revistiendo la forma de porcentaje sobre el precio realmente
pagado en las siguientes importaciones, bastará con la
presentación de una Resolución
tramitada para el
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20 ¿A qué se refiere la Resolución Simplificada?
Es un documento que autoriza al importador
realizar una Declaración Andina del Valor simplificada,
eximiendo al mismo, del llenado de la
parte II de la DAV referida ala Descrpción de la mercancía y valor,
cuando las importaciones, sean peródicas
en las mismas condiciones comerciales y que por su diversidad
y el número de los items, justifica la
emisión de tal resolución.
21 ¿Al prorratear los fletes y el seguro en función
del valor FOB de la mercancía, influyen los
decimales?
A efecto de que las sumas parciales de
prorrateo arriben al total registrado, se pueden utilizar 3 decimales.
22 ¿Cómo se trata la última transacción en el marco
de la DAV?
Toda vez que la Declaración Andina del
Valor recoge los elementos de hecho de la transacción, el
formulario debe contener información de
todos los aspectos que ilustran la última transacción realizada
antes de la importación al territorio
aduanero.
23 Existen facturas, las cuales no establecen
incoterms. ¿ Que se debe establecer o apropiar en la
DAV?
El importador deberá llenar esta casilla,
aún cuando no se indique el Incoterm en la factura comercial, toda
vez que es él, quien conoce los términos
de la transacción comercial.
24 ¿Qué tipo de moneda se debe establecer para lo
que corresponde las casillas 62 – 67.?
Todas las casillas de la DAV, se llenan en Dólares Estadounidenses, salvo aquellas que el instructivo
señala expresamente que deben ser llenadas
considerando la moneda de negociación (casilla 38) y la
misma sea diferente al dólar
estadounidense.
25 ¿Cómo se registran en la DAV las características de
los vehículos automotores?
La
DAV recoge en su formato, las mismas características del FRV.
26 Para despachos que contengan una gran cantidad
de items. ¿Necesariamente se deben prorratear
los valores o el sistema de la DAV puede efectuar tal cálculo?
En todos los casos, se deben prorratear
los valores, toda vez que el total de la sumatoria de los mismos,
debe coincidi. Por esta razón, resulta
recomendable verificar los parciales antes de registrarlos.
27 ¿Cuáles son
las condiciones mínimas que debe presentar un documento de compra venta?
La información contenida en el numeral 5
de la Res. 1112 con excepción del Logotipo y el número.
28 ¿ Es obligatorio llenar la casilla
correspondiente a contrato u otro documento ? Ya que algunas
veces no se cuenta con
dicho dato, o no existe contrato alguno.
No, esa casilla sirve, para llenar la
información cuando no existe factura de venta. Sin embargo si existise
además de la factura un contrato se podrá
llenar información de ambos.
29 En la casilla 27, aún cuando no se coloque
número alguno de contrato este sigue permitiendo la
captura de datos.
Es evidente, ante la eventualidad de que
exista factura y contrato.
30 En la tabla de cotizaciones del Banco Central de
Bolivia. ¿ Sería recomendable dar una opción a
consulta de otras
monedas?
El Banco Central, en el marco de sus
competencias es la institución
encargada de proporcionar tipos de
cambio de monedas extranjeras.
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31 En lo que respecta a valores provisionales, al
parecer el procedimiento indica que el tope máximo
de regularización es
ilimitado.
Este aspecto, está enmarcado en las
previsiones del artículo 7 de la Resolución 1112 de la Comunidad
Andina, que determina que el valor deberá
ser regularizado en un plazo no mayor a 12 meses, pero que sin
embargo amplia tal plazo, para casos
excepcionales previa evaluación y aceptación por parte de la
Administración Aduanera.
32 ¿ El año de fabricación es obligatorio?
No, toda vez que para un gran número de mercancías no corresponde
su llenado, sin embargo en tal
caso, se debe consignar "0".
33 En estado de la mercancía, no se encuentra la
denominación de antiguo, concepto utilizado en la
normativa aplicable para
vehículos.
En general todo el formulario debe
corresponder al formato aprobado por la Secretaría General de la
Comunidad Andina.
34 ¿ En los casos de Zona Franca, el exportador
vendría a ser el usuario de Zona Franca?
Exactamente, en Zonas Francas, la
mercancía se importa desde dicha Zona por lo tanto el usuario es el
exportador.
35 En el caso de
vehículos importados desde Zona
Franca Industrial. ¿Qué datos deben ser
registrados en la DAV, en
el entendido que el Valor en Aduana declarado, normalmente es
La Declaración Andina del Valor recoge la
información declarada por el importador por lo tanto debe ser
llenada con tal información, la misma que
debe reflejar el precio realmente pagado o por pagar, más las
adiciones previstas en el art. 8 del
Acuerdo Gatt 1994 (cuando corresponda).
36 ¿En el caso de los vehículos en los cuales el
precio declarado por el importador sea
mayor al
precio que arroje el
sistema, se mantendría tal precio, aceptando los valores declarados?
Siempre y cuando cumpla los requisitos del
art. 5 del Reglamento Comunitario o en
su defecto en el marco
del Primer Método flexibilizado. Corresponde anotar que el uso de
las tablas está enmarcado en el criterio
razonable del método del Último Recurso.
37 ¿ Cómo obtengo el código para actualizar el
valor provisional?
El sistema asigna el código a tiempo de
registrar la DAV, el mismo que debe ser utilizado para modificar la
DAV, el momento pertinente.
38 En la Casilla Nº 9 el tipo de llenado no es claro,
ya que al hacer referencia a mayorista, minorista,
lleva a confusión.
La DAV es llenada por el importador y por
lo tanto él conoce exactamente el "status" que le ha asignado su
proveedor.
39 ¿Si la transacción es en Dólares, que Tipo de
Cambio coloco en la casilla 116?
Ninguno, pues la DAV se expresa en
Dólares, se debe dejar en blanco tal casilla.
40 Según el instructivo el contenido de la casillas
Nº 30 no está claro, para lo cual se sugiere realizar
una ampliación en las
explicaciones de conceptos utilizados para la misma.
Si marca la opción 04, indica que es una
combinación de las opciones anteriores
las mismas que debe
especificar. ( Ej: Parte anticpado y el
saldo al contado). Si marca otro (opción 06),
representa que es una
forma de pago que no está contemplada
entre las anteriores la misma que deberá
especificar.
41 La Casilla 33 hace referencia a envio parcial o
total, aspecto que, tratándose de un ítem no debería
ser condicionante de la descripción de la
factura al mencionar como un ítem?
Tal casilla está referida al TOTAL de la
transacción, razón por la cuál, se debe indicar si la mercancía a
cuya transacción se refiere la DAV, será
motivo de un envío TOTAL o PARCIAL.
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42 Existen ventas locales que son en muchos casos
importadas sin la condición de venta
(INCOTERMS) y para el
llenado de la casilla 36 en estos casos. ¿Qué término se debe consignar en
la DAV , o simplemente por defecto el
sistema asume un valor FOB?
Recordemos que quien llena la DAV es el
importador y él con seguridad sabe los términos comerciales de
su transacción, que debe ser registrada en
la DAV.
43 Las casillas 52 y 53. ¿Deberán ser marcadas como
condicionantes del llenado? ya que de no
cumplirse, sólo aparece
mensaje de obligatoriedad.
Si en la casilla 51 indicó que existen
condiciones o contraprestaciones, corresponde el llenado de la casilla
52 e inclusive la 53 cuando existe "Otra forma de condición
o contraprestación " (09). Si en la casilla 51
indicó que no existen condiciones ni
contraprestaciones, no corresponde el llenado de la casilla 52 ni de la
44 En la casilla 71 nombre de la mercancía en la
lista que se tiene. ¿ Se muestran como plantilla,
datos de algunas
mercancías?
Sí, en la versión actual, se incluyeron
descripciones mínimas para varias mercancías.
45 Las casillas de despacho y número de referencia
de la DAV no se encuentran en el instructivo,
tampoco tienen número de
casilla.
No, puesto que el sistema registra en forma
automática esa información.
46 La casilla 8 presenta diferentes posibilidades.
La casilla 8 corresponde al número de
documento de identificación y como la DAV tendrá alcance a la
comunidad andina, prevé documentos
utilizados en la región.
47 Las casillas 27 de fecha y 28 de la DAV deberían
estar inactivas si no existe contrato de venta u
otro documento
No necesariamente, pues el importador
puede contar además de la factura con un documento de compra y
venta.
48 Para la casilla 31, en el instructivo se debe
ampliar o clarificar los conceptos como ser: Orden de
pago simple y Remesa
simple.
La normativa regional deja tales conceptos
a la legislación nacional . Orden de pago simple que
corresponden a instrucciones de un banco a
otro solicitando el pago de una determinadacantidad de dinero a
un
beneficiario nominado y Remesa simple, un medio de pago por el cuál el
exportador entrega a un banco
un
documento financiero( letra de cambio o pagaré) emitido por el importador, para
que proceda a gestionar
su
cobro. Nota BCB 421/08 de 2/09/2008
49 Casilla 38, ¿Esta casilla permite más de 2
decimales?
Si, puede ser expresada hasta con 3
decimales
50 Casillas 62 al 67 se debe consignar en $us o Bs,
el instructivo no hace referencia al tipo de
moneda.
Toda la DAV , salvo las casillas que
expresamente hacen referencia a moneda de negociación diferente al
Dólar Estadounidense, se llenan en Dólares
Estadounidenses.
51 Casilla 68 (ítem) se encuentra inactiva. ¿El
sistema jala automáticamente el número de ítem?
Sí, el sistema automaticamente genera
números correlativos de items.
52 Casilla 70, para los casos que se tengan mas de
una factura y además que correspondan al mismo
vendedor e importador. ¿
Cómo se deben consignar las demás facturas? o va en otras casilla? El
instructivo no hace
referencia al respecto.
La DAV tiene una hoja adicional por cada
item en la cuál registra el número de cada factura y la fecha de la
misma.
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53 En relación a los valores provisionales. ¿Cómo
se realizará el control de los plazos?
Cada caso tendrá consigo una Boleta de
garantía, la misma que ingresa en el procedimiento previsto en el
numeral 5.2.1. del instructivo sobre
aspectos relacionados a la presentación y llenado de la DAV.
54 ¿Cómo debo llenar una declaración referida a un
despacho parcial?
Se llena la primera vez por el total de la
transacción ,y en los subsiguientes
trámites, se presenta tan sólo
una copia simple.
55 ¿ Debo prorreatar los valores del transporte y
el seguro?
Sí, ya que la suma de los parciales en cada caso, debe
corresponder con el total.
56 ¿ Cuál sería, Otra Resolución? En las casilla
3,4,5,6 Tipos de Resolución.
Cualquier otra, que afecte la
determinación del valor en aduana.
57 ¿Cómo debo tramitar la Resolución Anticipada?
Estará sujeta a un procedimiento mediante
el cuál, deberá presentar su solicitud a la Administración de
Aduana, justificando los motivos y
presentando la información completa y objetiva referida a la
58 ¿Qué debo colocar en el campo 73 TIPO?, (Clase)
Si no existiesen descripciones mínimas
para tal mercancía, se deberá colocar un aspecto de la misma que
permita diferenciarla de otras similares. Para clase, se
debe registrar algún otro aspecto adicional que
permita clasificar la mercancía dentro del
tipo.
59 ¿Cuándo se cuente con un seguro que cubra hasta
la administración aduanera de nacionalización,
y no se cuente con un desgloce que permita
diferenciar la cobertura fuera y dentro del territorio
aduanero nacional, como
se de llenar la casilla?
Ante la falta de un desgloce del seguro,
se tomará el monto total a efecto de determinar la Base Imponible.
60 Ante la falta de desgloce del costo interno y
externo del transporte terrestre, ¿Cómo se podrá
determinar los montos respectivos?
Ante la falta de desgloce del transporrte
terrestre, se tomará el 25% del monto total del transporte como
transporte interno, y el restante 75% como
transporte externo, el cual sera utilizado como referencia para la
determinación de la Base Imponible.
61 Si se cuenta con la información que hace
referencia al flete marítimo y no se tiene el flete carretero,
¿Qué monto deberá de consignarse en los
gastos de transporte?
En esos casos, y ante la falta de información
sobre el transporte terrestre, se procederá a tomar como
transporte total, el monto del flete
marítimo en cuanto este sea superior al 5% del valor FOB total de la
mercancía, caso contrario se tomará el
monto resultante del 5% del valor FOB, como flete carretero.
62 ¿En caso de que la mercancía a importar sea una
muestra, ¿Cúal seria el proceder?
En el caso de que la mercancía a importar
contenga muestras comerciales, al momento de la elaboración
de la DAV se tendrá que tomar en cuenta lo
recomendado en el punto 5.5 del instructivo para la
presentación y el llenado de la DAV y aplicar el primer método que
permita determinar el valor en aduana
de tales mercancías. Si la mercancía
corresponde a un envío de artículos sin valor comercial, en virtud del
inciso i) del art. 256 del Reglameto a la Ley General de Aduanas
está exenta del diligenciamiento de la
63 En el que caso de menaje domestico ¿Se
necesitará presentar la DAV?
Según lo establecido en Articulo 256º de
la DRLGA, el menaje domestico esta exento de presentar la DAV,
en cuanto el valor FOB del mismo no supere
la franquicia definida para el efecto.
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64 En el caso de que la franquicia para equipaje
acompañado sea superada y se cuente con facturas
de venta interna de la
mercancía. ¿Cuál seria el precio de exportación?
Es poco probable que el equipaje
acompañado supere el límite actual para el llenado de la DAV, ($us.
5.000), caso en el cuál, si se presenta en
la factura desglosado el monto del impuesto interno del país de
exportación, se deberá tomar sólo el monto
correspondiente a la mercancía como precio FOB, caso
contrario
el total de la factura, constituirá el precio FOB
65 Cuando se trata de un término de Comercio Internacional
DDP. ¿Cómo se debe proceder al
llenado de la Declaración
Andina del Valor (DAV)?.
En el campo 82, debe consignarse el monto
total en USD, correspondiente al termino DDP.
En el campo 83, debe consignar el monto
correspondiente a la suma de los conceptos de flete + seguro +
impuestos + otros gastos.
En el campo 84, debe consignar el monto
correspondiente al FOB de la mercancia detallada en el item.
En el campo 89, se consignará de manera
automática el monto total del término DDP. En los campos 90 y
91, no debe consignar ningún importe,
puesto que estosimportes ya se
encuentran adicionados en el
monto que refleja la casilla 89.
En el campo 104 al 111 (de acuerdo al
concepto, correspondiente), se deben consignar las deducciones que
no
forman parte del valor en aduanas.
66 Cuando se trata de un término de Comercio
Internacional EXW, ¿Cómo se debe
proceder al
llenado de la Declaración
Andina del Valor (DAV)?.
En el campo 82, debe consignar el monto
total correspondiente al termino EXW.
En el campo 83 debe consignar el monto
correspondiente a la suma de los conceptos de flete y otros
gastos adicionales hasta puerto de
embarque del pais de exportación.
En el campo 84, ( = 82+83) debe consigar
el valor FOB.
En el campo 89 se consignará de manera
automática el monto total del término EXW más otras adiciones.
En los campos 90 y 91, si debe consignar
los importes correspondientes , puesto que estos no se
encuentran adicionados en el monto que
refleja la casilla 89.
En el campo 92 al 103 (de acuerdo al
concepto correspondiente), se deben consignar las adiciones que si
forman parte del valor en aduana.
67 ¿ Es obligatorio el llenado de la casilla correspondiente al correo electrónico?
No, no es obligatorio, si existe al menos
una (de las casillas, 14,15 y 16 o 23,24 y 25) llena, que permita
conocer la detalles adicionales de la
dirección del importador o del proveedor respectivamente.
68 ¿Qué datos debo llenar acerca declarante?
Cuando se trata de una persona jurídica,
se guardará en la primera parte los datos de la empresa (casillas
127,128,129, 130 y 131) y en las casillas
132 a la 134 los datos del represntante
legal de la misma.
69 Para el caso de los automóviles. ¿Se consigna el
año de modelo o el de fabricación?
Se consigna el año de modelo en las
descripciones mínimas y como es el caso de todas las mercancías en
la
casilla 78, se consigna el año de fabricación.
70 Para el caso de vehículos, al llenar a el item
71 (nombre de la mercancía) se
adicionan las
descripciones mínimas, y
en el item 81 (otras características), ¿Se puede adicionar otra
información?. Ejem.
Camión basurero
Si, precisamente lo que buscan las
descripciones mínimas, es contar con la mejor y más detallada
descricpción, por lo cuál tal adición es
posible y deseable.
71 En el caso de valores provisionales, ¿La
Administración dictará una Resolución Administrativa?
No, no es necesaria ninguna resolución
para los valores provisionales.
72 Luego de realizar el prorrateo de valores, ¿El
sistema puede aceptar variación en
decimales?
Se debe ajustar los decimales para arribar
a un valor total, para este cometido se cuenta con 3 decimales,
a uno de los cuales deberá añadir un
milésimo si se requiere.
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73 ¿Los errores de llenado de la DAV, serán motivo
de contravención?
En tanto no se apruebe la RD que aprueba
las contravenciones para la DAV, no serán los errores de llenado
motivo de contavención.
74 Una vez presentada y en el caso de que se detecte
error en su llenado, ¿Quien modificará la DAV?
Mediante solicitud a la Administración que
corresponda, la misma realizará los trámites pertinentes para
proporcionar al importador un código que
le permitirá realizar ñla corrección pertinente.
75 ¿Existirá una planilla de aforo similar al
Detalle de Mercancías en el Aforo – DMA?
Si, Sistemas está realizando la adecuación
respectiva para mantener esa importante herramienta.
76 Las contravenciones, ¿Deberían ser tomadas en
cuenta para el caso de Despacho Anticipado ?
Para el despacho anticipado, toda vez que
por esencia es una declaración previa a la llegada de la
mercancía, tal cuál establecen los
artículos 125, 126 y 127 del DRLGA. En este entendido la contravención
corresponderá al incorrecto
llenado de una vez regularizado el despacho.
77 Para el caso de los despachos en frontera
provenientes de ZOFRI con mas de 200 o 300 items y
que el importador declara
un valor inferior a $US 5000.-. ¿Existe alguna norma que les obligue a
presentar la DAV?
No no existe excepción al respecto, toda
vez que la exención al diligenciamiento y presentación de la DAV,
está claramente definido en el art.
256.del Reglamento a la Ley General de Aduanas.
80 1.- ¿ Cuando la factura ampara varias
motocicletas, según norma se debe presentar una DUI por
motocicleta, se debe,
presentar una sola DAV por el total?
Si la transacción está referida a la
IMPORTACION a territorio aduanero y corresponde a una sola factura,
se deberá realizar una sola DAV. En las
siguientes importaciones, sólo se
presentará la copia simple de la
81 Cuando se tenga una variación de valor en el
despacho y el importador acepta el nuevo valor, la
DAV. ¿Se deberá modificar
con los nuevos valores con los que se realizó el despacho?
NO, la DAV no se modifica salvo en los
casos expresamente anotados en el instructivo, las variaciones
del valor que pudiesen ser motivadas por
la autoridad aduanera no implican la modificación de la DAV.
82 La circular 377/2005 obliga a presentar la DJVA
a todas las importaciones provenientes de Zona
Franca Iquique. ¿Con esta
nueva DAV persistirá esta obligación?
No, toda vez que tal aspecto no está
indicado en las excepciones del art. 256 de DRLGA.
83 Si se evidencia error en la DAV al momento del
aforo. ¿Cómo se procede?
Se procederá a realizar las modificaciones
necesarias para realizar las enmiendas que correspondan, en la
DUI, sin embargo la DAV, queda como
originalmente fue registrada por el importador.
84 En la aplicación de la DAV ¿en que momento se
produce el hecho generador?
Si se refiere al hecho generador de la
obligación tributaria, la DAV en sí, no genera obligación tributaria, sino
y
más bien, es un documento soporte a la Declaración Unica de Importación en el
Despacho aduanero.
85 El prorrateo del flete. ¿ En función a que
parámetro se realiza?
Se realiza en función del valor FOB, sin
embargo si definitivamente no corresponde tal criterio
excepcionalmente se podrá considerar otro
criterio como por ejemplo el peso. Por esta razón el prorrateo no
es automático.
86 En el caso de los Valores Provisionales. ¿Cuál
será el valor de la Boleta de Garantía a presentar?
Será el 100% de los tributos cancelados en
la eventualidad que el Valor en Aduana definitivo pueda
duplicarse.
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87 La unidad de medida tanto en la DJVA como en la
DUI son similares, en el caso de la DAV la
unidad de medida de la
factura comercial . ¿Tiene que ser similar?
No, la DAV registra la Unidad Comercial
mientras que la DUI registra la unidad que corresponde a la Partida
Arancelaria.
88 Cuando se trata de despacho de vehículos
automotores, el campo 44 de la DUI no se puede
corregir sin antes
corregir el FRV. ¿ será similar para errores en la DAV que declaren vehículos?
No, en ese sentido la DAV y sus registros
son independientes de la DUI.
89 En aplicación del artículo 8º de la Ley 1990, al
aceptar el hecho generador de la DAV, y si esta
estuviera errada, se
estaría aceptando la multa con anterioridad a la DUI?
Si se refiere al hecho generador de la
obligación tributaria, la DAV en sí, no genera obligación tributaria, sino
y
más bien, es un documento soporte a la Declaración Unica de Importación en el
Despacho aduanero.
90 Si el importador oficializa una DJVA con fecha
anterior a la implementación de la DAV. ¿Se
seguirá aceptando en los
despachos aduaneros?
Si para aquellos registrados con la DUI
hasta el 23 de junio de 2009 inclusive.
91 ¿Seguirá vigente la Circular 226/2007
(contravenciones)?
No, pues las mismas corresponden a la
DJVA.
92 ¿El proceso de la migración DAV-DUI, se realiza
item x item o agrupado?
93 Para el caso de valores
desglosados en facturas o guías aéreas. ¿Cuál de los 2 datos se usa para
la DUI?
En todos los casos se debe considerar el
precio realmente pagado, cuano corresponda la aplicación de un
valor estimado deberá aclararse tal
aspecto en la casilla 135.
94 ¿Para ventas en Zonas Francas nacionales, que
valor se presenta?
Como en todos los casos el valor debe
representar el precio realmente pagado más las adiciones previstas
en el art. 8 si las hubieren en este caso.
95 Si el importador no puede representar el valor
desglosado en un término EXW y solo presenta el
valor total del flete
marítimo...
El importador debe registrar la
información en las diferentes casillas que existen el a DAV, la casilla 90 por
ejemplo, guardará los gastos desde el
lugar de embarque hasta el lugar de importación.
96 ¿Caso Courrier, se seguirán usando el valor de
tablas en el caso del flete?
Cuando no exista definitivamente documento
objetivo con el valor del flete realmente pagado, el importador
deberá adicionar los fletes de la tabla (si el valor FOB es
superior a $us. 5.000) aspecto que deberá aclarar
en
la casilla 135 indicando que es un valor estimado en cumplimiento del art. 20
del DRLGA.
97 Con la migración DAV-DUI. ¿Es la única manera de
llenar los datos en la DUI?
No, la migración es sólo una ayuda para no
duplicar esfuerzos, no olvidar que la DAV es un documento
soporte como lo es la factuta el Bill of
Lading, Parte de Recepción. Debe contar con ellos para luego
generar
la DUI
98 ¿Las contravenciones tendrán alguna
flexibilidad?
En tanto no se apruebe la RD que aprueba
las contravenciones, las mismas no se aplican.
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99 ¿Las adiciones y deducciones se realizan en
función al valor CIF frontera?
Las adiciones y deducciones son al Precio
Total Realmente Pagado o por pagar para arribar al Valor en
Aduana.
100 Actualmente tenemos deficiencias en el llenado
de la DUI (caso incautaciones)¿ En vista de que la
DAV posee datos más
precisos, toda la información será transferida a la DUI?
No, pues el campo que tiene la DUI para
registrar el detalle de la mercancía no es suficiente y además
esta agrupado por subpartida arancelaria,
sin embargo cada DUI está relacionada a una DAV por lo cuál se
podrá acceder a esa información detallada.
101 ¿La aplicación de la DAV cuenta con la opción de
CONSULTAS?
Tanto la versión en línea como la fuera de
línea, tienen ayudas que nos despliegan recuadros con
información. (Si a ello se refiere)
102 ¿Cómo se procede con la modificación de la DAV
una vez registrado?
La posibilidad de modificar la DAV, está
restringida a los casos de valores provisionales y despacho
anticipado. Otra posibilidad sería en el
marco legal para cuando aún no tenido accion la autoridad dentro de
los 90 días siguientes a su registro.
103 La DAV está en función a la descripción
comercial y la DUI está en función a la descripción
arancelaria, cuando se
realice la migración DAV-DUI. ¿Estos datos serán cambiados
No, la DAV es un documento soporte y la
migración sólo tiene el fin de evitar la duplicidad de esfuerzo en
cuanto al registro de información similar.
104 Cuando se origine un control inmediato posterior
a un canal verde, procederán las sanciones?
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